Tuesday, June 26, 2012

Latinoamérica bajo lupa Guillermo García Machado


Latinoamérica bajo lupa
Guillermo García Machado
Latinoamérica es un subcontinente que sobrepasa los 20 millones de km2 (el doble de Europa) y los 500 millones de habitantes. Este gran territorio se caracteriza por su gran diversidad étnica, geográfica y política, pero también por compartir mayoritariamente, a consecuencia de la colonización, la lengua española (con la importante excepción de Brasil, y algunos pequeños territorios de habla francesa, como Haití y la Guyana francesa) y la religión católica. El término Iberoamérica, por su parte, hace referencia exclusivamente a los países de habla española o portuguesa. Hace más de una década, el entonces Presidente del Brasil, Fernando Henrique Cardoso, señaló refiriéndose a su país: “Brasil no es un país pobre, sino un país injusto”. La frase ha sido repetida muchas veces, porque no sólo refleja de manera sintética la realidad brasileña, sino la de toda nuestra región, haciendo que el examen de esa realidad sea interesante cuando se habla de caridad y justicia entre los pueblos y entre las naciones. 
América Latina no es, de manera alguna, el continente más pobre de la Tierra. En realidad, su ingreso promedio se parece al ingreso promedio de la población mundial y posee recursos naturales y humanos para dar una mejor existencia a todos sus hijos. Sin embargo alrededor de 100 millones de latinoamericanos durmieron la pasada noche sin haberse alimentado suficientemente durante el día. Es verdad que si se miran estadísticas mundiales, América Latina y el Caribe no aparecen en los peores lugares en el triste listado de la pobreza; que hay países de nuestro continente que obtienen mejores calificaciones que muchos países africanos en los índices de desarrollo humano, que nuestra mortalidad infantil no es tan infamante y que nuestra desnutrición no es tan deshonrosa. Sin embargo probablemente ello ocurra solamente porque nuestros países son naturalmente mucho más ricos. De ahí que, tan acuciante como la pobreza misma en nuestro continente, sea el hecho que no exista ni una sola razón que pueda explicar por qué hay cien millones de indigentes y doscientos millones de pobres mal viviendo en un continente rico. América Latina no ha sufrido grandes conflictos militares durante el siglo XX, al menos no de la envergadura de los ocurridos en los demás continentes. Hace pocos meses celebramos el 40 Aniversario de nuestro Tratado de Proscripción de las Armas Nucleares (Tratado de Tlatelolco) que todos nuestros países han observado. Con el término de las confrontaciones internas que fueron provocadas o inspiradas por la Guerra Fría es posible decir que en general, con la sola lamentable excepción de Colombia (donde sin embargo la violencia ha tenido una reducción en los últimos dos años), América Latina es hoy un continente de paz. Pero nuestras tasas de criminalidad están entre las mayores del mundo. El nuestro es un continente que enfrenta problemas serios de delincuencia, organizada y no organizada, con los cuales no se puede seguir conviviendo. Cierto es que ha disminuido la violencia política que, hace no muchos años atrás, flagelaba a nuestra población; que tenemos mucho menos violencia política que en otras regiones del mundo, dentro de los Estados y entre los Estados. Pero también es cierto que esa violencia ha sido sustituida por el delito: por las pandillas, el narcotráfico, el crecimiento del crimen urbano, el lavado de dinero y otras muchas formas que éste adopta hoy en día. América Latina y el Caribe enfrentan tasas muy altas de deterioro ambiental, en rápido crecimiento. Elemento clave de esta degradación es el crecimiento de la población, unida a las más altas tasas de desigualdad. Las evidencias muestran que los pobres enfrentan el mayor peso de la degradación ambiental. Los problemas del medio urbano, especialmente la contaminación del aire y del agua y los sistemas inadecuados de alcantarillado continúan teniendo un fuerte impacto sobre millones de personas que viven en nuestras ciudades. 

Multilateralismo en acción Guillermo García Machado


Multilateralismo en acción
Guillermo García Machado
El multilateralismo, en términos generales, se refiere a la manera en que los países organizan y estructuran sus interacciones (Martin 1992). Específicamente, el multilateralismo trata sobre arreglos institucionales formales o informales, con base en relaciones de principio entre tres o más Estados, en los cuales participan a menudo actores estatales, como organizaciones no gubernamentales, empresarios o comités de dos. Utilizamos de forma intercambiable los términos América y Caribe, la región Americana, América o las Américas. Más allá de la descripción geográfica, estos términos hablan de las naciones de la región. En la práctica, algunos territorios son parte de Estados basados en Europa. Algunos de ellos participan parcialmente en las actividades multilaterales de las Américas. En ese sentido, el principio básico del multilateralismo presupone que hay Estados diferentes, que cada uno de ellos tiene una legislación propia y diferente de la de los otros (Sorensen 1998). Es decir, multilateralismo no equivale a mundialismo o a regulación uniforme a nivel mundial. Más bien, se refiere a integrar las distintas visiones y respetar las legislaciones de cada Estado miembro del acuerdo multilateral. La importancia del multilateralismo radica en afianzar las relaciones y el intercambio entre países en distintos ámbitos y temas específicos y en la posibilidad de marcar tendencias regionales y subregionales más amplias (Legler 2010a). Según Ruggie (1992), el multilateralismo como institución se caracteriza por tres principios: el principio de indivisibilidad se refiere a los arreglos colectivos a partir de los cuales se considera que el ataque a un miembro representa un ataque para todos; el principio de no-discriminación implica que todas las partes sean tratadas indistintamente; y, por último, el principio de la reciprocidad difusa implica a su vez que los Estados basan su relación de confianza con otros países en garantías de largo plazo. En ese sentido, el multilateralismo requiere que los Estados sacrifiquen una parte de la flexibilidad con la que cuentan para tomar decisiones, a favor de la obtención de beneficios de largo plazo (Martin 1992). Es decir, el concepto de multilateralismo puede ser empleado como una medida para evaluar los patrones de interacción entre países y cuál es su tendencia a cooperar (Martin 1992). Precisamente porque el multilateralismo depende de la cooperación entre países, es posible clasificar los retos de cooperación que pueden enfrentar los Estados en cuatro categorías: colaboración, coordinación, persuasión y garantía (Martin 1992). El problema de la colaboración se caracteriza por incentivos importantes para abandonar el comportamiento cooperativo en pro de la obtención beneficios inmediatos. Por ello, es fundamental que los mecanismos multilaterales promuevan el cumplimiento de los acuerdos. Por ejemplo, el acuerdo multilateral del GATT, creado en 1947 para establecer normas comerciales y arancelarias y posteriormente reemplazado por la Organización Mundial del Comercio, aplicaba sanciones severas cuando los países miembros optaban por prácticas comerciales injustas. Adicionalmente, el problema de coordinación se refiere a los diversos intereses de los países involucrados y a la importancia de encontrar un punto de acuerdo entre ellos que promueva la cooperación. Precisamente por que los países tienen intereses distintos, encontrar un equilibrio entre estos resulta complejo. Por otra parte, el reto de la persuasión se relaciona con los distintos niveles de poder y riqueza de los países, lo que puede generar asimetrías importantes en la interacción multilateral. Es decir, países más poderosos tendrían mayor capacidad para alcanzar sus objetivos que países con menor influencia o riqueza. Por último, el reto de la garantía se refiere a la disponibilidad de información sobre los pagos de los otros países y de qué manera ésta puede afectar la cooperación. Estos retos mencionados son, de alguna manera, naturales debido al carácter colectivo de los problemas que se buscan atender a través del multilateralismo.

Saturday, June 16, 2012

Hablando de corrupción en Inglés Guillermo García Machado


Hablando de corrupción en Inglés
Guillermo García Machado
A pesar del alboroto que ha rodeado el caso Walmart, el soborno de trabajadores públicos continúa siendo una práctica muy común en diversos países del mundo, según los datos más recientes del informe anual de Tansparencia Internacional (TI), organización sin fines de lucro con sede en Berlín y más de 100 oficinas en todo el mundo. El índice de Percepción de Corrupción del órgano, de 2011, señala que diversos gobiernos de Asia, América Latina y Oriente Medio son incapaces de proteger a sus ciudadanos del abuso cometido contra los recursos públicos, sobornos y decisiones tomadas en secreto. Entre esos países, México no es de ninguna manera el caso más grave. Walmart, el mayor minorista del mundo, anunció de forma reciente que comenzó a investigar las alegaciones de que los ejecutivos de la empresa en México hicieron cientos de pagos ilegales -más de US$ 24 millones- para acelerar las aperturas de nuevas tiendas. Según un reportaje de New York Times, trabajadores de Walmart en EE.UU. supieron de los casos de soborno en 2005, pero no alertaron a los compañeros de EE.UU. o de México en aquella época. Las acusaciones han puesto bajo sospecha a Walmart, que es también el mayor minorista de México y la principal fuente de empleos del país en el sector privado. Según los reportajes emitidos sobre el asunto, la investigación de posibles sobornos hecha por el propio Walmart podría llevar al despido de algunos ejecutivos de la empresa, acarreando multas importantes por parte del gobierno americano en caso de que las investigaciones revelen que los altos ejecutivos del minorista tenían conocimiento de los pagos ilícitos, pero no tomaron las medidas oportunas. El día siguiente a la divulgación de las acusaciones, las acciones de Walmart cayeron cerca de un 5%. Tal vez ese sea sólo el comienzo de los problemas de la empresa: en otro caso también muy comentado, líderes de los fondos de pensiones de la ciudad de Nueva York dijeron que votarían contra la relección de los directores de Walmart en la asamblea general de accionistas en junio. Además, el sistema de jubilación de los profesores del Estado de California, dueño de más de 5,3 millones de acciones de Walmart, presentó una demanda ante la justicia acusando a los altos ejecutivos de la empresa, en una actitud oportunista, de vender una enorme cantidad de acciones antes de que se hicieran públicas las operaciones ilícitas en México, a finales de abril. Según especialistas en cuestiones jurídicas y éticas de Wharton y de otras instituciones, el caso de Walmart suscita una discusión más amplia sobre la forma en que las multinacionales hacen negocios en otros países. ¿Es el caso del supuesto soborno de la empresa en México algo anómalo o típico del comportamiento de las multinacionales, y que pocos ejecutivos estarían dispuestos a admitir? ¿Es justificable la práctica de sobornar trabajadores públicos desde el punto de vista económico o ético? Además de la caída de los precios de las acciones y de las demandas presentadas por los accionistas, ¿cuáles serían algunas de las posibles consecuencias del soborno de autoridades. Los diez países en que el soborno y otras formas de corrupción han sido más frecuentes el año pasado son Somalia, Corea del Norte, Myanmar (antigua Birmania), Afganistán, Uzbekistán, Turkmenistán, Sudán, Irak, Haití y Venezuela. México aparece en la posición 100 de 183 países monitorizados por TI, exactamente en la misma posición que países mucho menos desarrollados como Benin, Burkina Faso y Malawi. A pesar del nivel de insatisfacción expuesto por el informe, los especialistas en corrupción sostienen prácticamente de forma unánime que ejecutivos americanos y de otros países están tomando más en serio que en el pasado las directrices anticorrupción. 

Notas acerca de las Elecciones Guillermo García Machado


Notas acerca de las Elecciones
Guillermo García Machado
Uno de los factores esenciales de la democracia representativa es la realización de elecciones libres, periódicas y transparentes para llevar a los ciudadanos a ejercer un cargo público durante un período o término específico. En el derecho electoral, ese período electoral se define como el precepto político, estipulado por la Constitución y las leyes, que indica la duración del ejercicio de la función pública de un ciudadano elegido para un cargo determinado La posibilidad de delimitar la duración de los cargos públicos es una característica propia de los sistemas democráticos, especialmente dentro de los sistemas presidenciales. Las características del período electoral en los niveles ejecutivo y legislativo en los dieciocho países analizados en este trabajo se constituyen en elementos comparativos valiosos de los sistemas electorales de la región. Entre las más importantes, tenemos: 1) Duración del mandato; 2) Factores que determinan la sucesión en caso de falta temporal o absoluta. A nivel presidencial, la duración del período electoral tiene un promedio aproximado de 4.72 años en los dieciocho países analizados.  La duración a nivel ejecutivo presenta un mínimo de cuatro años y un máximo de seis años (Chile y México), mientras que a nivel de diputados, presenta un mínimo de tres años -(El Salvador y México) con la excepción de Ecuador en donde los diputados provinciales ejercen un mandato por dos años- y un máximo de cinco años. A nivel legislativo, en una buena parte de los países analizados, la duración del período electoral es el mismo que el del ejecutivo. A nivel senatorial, el período más corto es de 4 años (Colombia) y en los demás países fluctúa entre cinco y ocho años como es el caso en Brasil y Chile. Cabe destacar que en procesos de reforma constitucional recientes, la tendencia de los períodos electorales ha estado orientada hacia reducir la duración del mandato a nivel presidencial. En Argentina, las modificaciones a la Constitución Política de 1994 disminuyeron el mandato presidencial de 6 a 4 años así como el período a nivel senatorial de 9 a 6 años. En Brasil, el Congreso ratificó de forma mayoritaria el 25 de mayo de 1994 la aprobación de la Cámara Baja de modificar el mandato de 5 a 4 años. De igual manera en Chile, se logró volver al tradicional mandato de 6 años que regía desde la Constitución Política de 1925 y que fue alterado por la Constitución de 1980 que lo había ampliado a 8 años, que ha sido el período más largo conocido en el constitucionalismo chileno. Igualmente en Guatemala el Acuerdo Legislativo del 17 de noviembre de 1993 disminuyó el período de 5 a 4 años, que fue refrendado en la Consulta Popular del 30 de enero de 1994. En Nicaragua, se redujo también el período presidencial de 6 a 5 años mediante la Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política del 1o de febrero de 1995. El único país en donde ha incrementado el plazo de 4 a 5 años es en Bolivia mediante la Ley no. 1585 del 12 de agosto de 1994. En Costa Rica hay un proyecto en la Asamblea Legislativa que propone también aumentar el período a cinco años. El término del período electoral a nivel presidencial se encuentra regulado en la totalidad de los textos constitucionales analizados en este trabajo. La mayoría de las Constituciones Políticas tienen definidos los mecanismos a seguir en el caso de falta temporal ó absoluta del Presidente de la República y de su eventual sucesor, que en casi todos los casos se refiere al Vice-Presidente. Sólo en Honduras hay un designado ya que no existe la figura del vice-presidente y en Chile lo sustituye el presidente del Senado. Entre los textos constitucionales que explican a fondo las condicionantes de vacancia temporal y absoluta se encuentran los de Argentina (art. 88); Chile (art. 29); Colombia (art. 194); Ecuador (art. 76); El Salvador (art. 155); México (arts.84-86); y Nicaragua (art. 149). En el caso de ausencia temporal del vice-presidente, en la mayor parte de los textos está estipulado la sustitución, que en la mayor parte de los países está contemplada por el Presidente del Congreso ó por quien el Congreso designe.

Saturday, June 9, 2012

La expropiación ////////Guillermo García Machado


La expropiación
Guillermo García Machado
La Expropiación Forzosa, como expresan García de Enterría y Fernández, constituye una de las medidas interventoras administrativas más enérgicas por su contenido ­el sacrificio de las situaciones patrimoniales de los administrados- y también, quizá por ello, como una de las que se expresa en un sistema institucional más objetivado y, asimismo, más delicado. En la expropiación, como destacan los autores citados, se presenta una doble faz: «[...] por una parte, supone un poder de la Administración de abatir y hacer cesar la propiedad y las situaciones patrimoniales de los administrados; por otro lado, su regulación se articula en muy buena medida como un sistema de garantías ofrecido a estos administrados que sufren sobre su patrimonio la violenta inmisión administrativa». La expropiación recae sobre cualquier tipo de bienes que pertenezcan al sector privado, y no sólo los inmuebles o corporales. Esto resulta del contexto normativo de la Constitución y de los principios de la hermenéutica. Los bienes pueden ser corporales o incorporales, y la Constitución reconoce el derecho de propiedad "en cualquiera de sus formas", al tiempo que trata sobre diversas manifestaciones de propiedad sobre los mismos, como es el caso de la propiedad intelectual. Universalmente es necesario: 1) Que exista un fin social (causa expropiandi); 2) Que ese fin social sea determinado por un instrumento normativo con rango de ley; 3) Que se efectúe mediante el procedimiento y en los plazos que señalen las normas procesales; y, 4) Que previamente exista una justa valoración, pago e indemnización. La previsión constitucional de estos requisitos esenciales de legitimidad permite afirmar que en la expropiación se encuentran articulados el reconocimiento del derecho de propiedad y la función social de la misma, en cuanta esta expresa la primacía del interés general y de las necesidades colectivas. En efecto, la exigencia de un "fin social" determina que la expropiación tiene un fundamento preciso (causa expropiandi), y mientras dicho fundamento no se constate o no exista, el derecho real del ciudadano permanecerá incólume, sin que sea legítimo intervenir en él o menoscabar su ejercicio. La causa expropiandi ­expresada en los términos "fin social" que emplea la Constitución debe ser precisada por un instrumento normativo con rango de ley. La causa expropiandi, como expresa la Constitución, se expresa en un "fin social". Interesa destacar al respecto, que el sustantivo "fin" se acompaña del adjetivo "social", y esto último es determinante en materia de expropiación. En efecto, la causa expropiandi no puede ser concebida como cualquier fin que se pretenda dar al bien expropiado, de modo que llegue a convertirse a la expropiación en el sistema de enriquecimiento de la entidades públicas. Por ejemplo, si la Ley de Turismo precisa un fin social que justifica las expropiaciones previstas en dicha Ley, no puede concebirse que se prive al ciudadano de un bien suyo, a pretexto de "fin social" turístico, para destinar tal bien a la distracción de los funcionarios de la entidad expropiante. Al hablar de "fin social", como su nombre lo indica, se alude al beneficio colectivo, comunitario, o a la satisfacción de una necesidad pública, a los cuales debe servir el bien expropiado por configurarse la causa de la expropiación. De lo contrario, esta resultará ilegítima, ya que el fundamento de la institución y la lógica que la explica está en el bien común. La ausencia de un beneficio colectivo o necesidad pública, o la falta de relación o debida congruencia entre el fin declarado como justificativo de la expropiación y el destino efectivo del bien expropiado, viola el derecho de propiedad, al tiempo que configura vicio de desviación de poder, con la consecuencia de nulidad absoluta de los actos administrativos que se hayan dictado como resultado del procedimiento de expropiación. Pero la justificación de la expropiación en un "fin social" no sólo obliga a la Administración pública, sino que también presenta una concreta exigencia al legislador. La facultad de definir el "fin social", caracterizado como el beneficio de la colectividad o la satisfacción de una necesidad pública, tiene límites para el legislador en ese mismo contenido, de modo que no cualquier fin es social, y si no lo es, la ley que lo incorpore al ordenamiento será inconstitucional.

Gobernabilidad/////// Guillermo García Machado


Gobernabilidad
Guillermo García Machado
Es tan generalizado el uso actual del concepto de “gobernabilidad” que resulta indispensable reflexionar sobre el sentido de la idea que está detrás, sus diferencias con la idea de “gobernanza” (referencias a los conceptos de governability y governance) y su relación con los problemas del desarrollo y los procesos políticos que lo acompañan. Ese es el propósito del presente artículo. Al respecto, hay una primera propuesta fuerte cuando se afirma que la gobernabilidad en relación con los problemas del desarrollo supera los problemas específicos de la acción de gobierno (p.e. las relaciones del ejecutivo con los demás poderes del Estado) y se proyecta ampliamente como una capacidad social, como atributo colectivo de toda la sociedad para dotarse de un sistema de gobierno que empuje el carro de los objetivos del desarrollo humano. Un sistema social es gobernable, entonces, cuando está estructurado socio-políticamente de modo tal que todos los actores estratégicos se interrelacionan para tomar decisiones colectivas y resolver sus conflictos conforme a un sistema de reglas y de procedimientos formales o informales –que pueden registrar diversos niveles de institucionalización- dentro del cual formulan sus expectativas y estrategias. Sin embargo, no todos los sistemas sociales gobernables funcionan sobre la base de la democracia. La gobernabilidad democrática se dará sólo cuando la toma de decisiones de autoridad y la resolución de conflictos entre los actores estratégicos se produzca conforme a un sistema de reglas y fórmulas que podamos calificar como democracia. El artículo revisa las diferentes expresiones que ha adquirido la democracia en América Latina y las diversas aportaciones que los especialistas han realizado últimamente en esta materia, con una escala de matices entre el autoritarismo y la democracia. Todo esto no sería importante si no fuera por que la meta/ valor que está en juego es conseguir elevar los niveles de “desarrollo humano” en América Latina, más allá del mero crecimiento económico, para lo cual un marco de gobernabilidad democrática es indispensable. En 1975, Crozier, Huntington y Watanuki presentaron a la Comisión Trilateral un informe sobre "la gobernabilidad de las democracias" que produjo no poca polémica. La tesis más importante era que en Europa Occidental, en Japón y en Estados Unidos, los problemas de gobernabilidad procedían de la brecha creciente entre, por un lado, unas demandas sociales fragmentadas y en expansión y, por otro, unos gobiernos cada vez más faltos de recursos financieros, de autoridad y de los marcos institucionales y las capacidades exigidas por el nuevo tipo de acción colectiva. Para conjurar los riesgos de ingobernabilidad se necesitaban cambios no sólo en las instituciones y en las capacidades de gobierno sino también en la actitud de los ciudadanos. Dicho en lenguaje más actual, para fortalecer la gobernabilidad democrática había que reinventar no sólo el gobierno sino también la ciudadanía. 1975 inició la crisis fiscal de las democracias avanzadas y, con ella, el cuestionamiento del Estado de Bienestar, es decir, del exitoso modelo de gobernabilidad generado tras la Segunda Guerra Mundial. “Las disfunciones de la democracia han producido tendencias que impiden ahora ese mismo funcionamiento: (1) El funcionamiento exitoso de los gobiernos democráticos. Las virtudes democráticas del individualismo y la igualdad han conducido a una deslegitimación general de la autoridad y a una pérdida de confianza en el liderazgo. (2) La expansión democrática de la participación y el involucramiento político ha creado una sobrecarga en el gobierno y una expansión desequilibrada de las actividades gubernamentales, exacerbando las tendencias inflacionarias en la economía. (3) Se ha intensificado la competición política que es esencial para la democracia, lo que ha llevado a una desagregación de los intereses y a un declive y fragmentación de los partidos políticos. (4) La receptividad de los gobiernos democráticos hacia el electorado y las presiones sociales ha estimulado el parroquialismo nacionalista en el modo en que las sociedades democráticas conducen sus relaciones internacionales.” 

Saturday, June 2, 2012

Despotismo en Latinoamérica Guillermo García Machado


Despotismo en Latinoamérica
Guillermo García Machado

Cuando todos estamos dispuestos a luchar por nuestros principios y valores empezamos a descubrir que no existen las instituciones necesarias para preservar o encausar las debidas pretensiones o  simplemente, las que existen no sirven para nada. Efectivamente, cuando el Estado se hace dueño y señor de todas las manifestaciones republicanas vemos como el deterioro institucional se incrementa y por vía de consecuencia empieza aparecer el rigor que impone toda dictadura, es decir, desaparecen los derechos individuales y se arraigan los derechos del Estado omnipresente. Lo peor del caso es que la situación de marras se complica cuando el ciudadano común no encuentra un vocero político capaz de enfrentar los efectos de la tiranía. No son suficientes caras bonitas, ni discursos amorosos previamente preparados, en todo caso sería necesario el discurso serio de un profesional de la política dispuesto a entregarse en alma, vida y corazón por los intereses del colectivo. En Latinoamérica tenemos ejemplos casi a diario de la situación planteada, bastaría para ello recoger la prensa local de cualquier país intoxicado con el socialismo del siglo XXI y tendremos muestra al instante de los atropellos contra la gente, sin necesidad de hacer distingos sociales. En Bolivia y Venezuela podemos constatar la facilidad que tienen sus gobernantes para atropellar la propiedad privada y tomar a la fuerza el producto de muchos años de trabajo, capitalizados en propiedades citadinas o rurales, donde hay que aceptar de antemano el capricho del gobernante de turno, quien con su sola opinión maneja el concepto de la expropiación con el mero deseo de confiscar lo que pertenece a otro, pasando por encima de los elementos básicos de la figura de la expropiación y su estrecha relación con la utilidad pública o social y el pago de la respectiva indemnización. La situación sube de punto cuando se dictan leyes, donde el que las dicta no esta facultado para ello, como en Venezuela, donde su presidente se atrevió a dictar por vía de decreto toda una Ley Orgánica Laboral, cuando estábamos en presencia de una ley que adquiere el carácter de orgánica por así aprobarla el poder legislativo en reunión plenaria con mayoría de las dos terceras partes, siendo además esta materia reserva legal del parlamento por expresa disposición constitucional. En conclusión, pareciera que todo este derrumbe institucional reflejado en situaciones muy particulares ponen en evidencia el deterioro del discurso democrático y aceleran en sumo grado el descontento social y el peligro de graves confrontaciones, que tan sólo proponen un crecimiento considerable de toda una crisis, la cual no trae bajo el brazo las posibles soluciones. Cuando hacemos acto de presencia en los sitios con profundos malestares sociales observamos con preocupación la generación espontanea de muchos actos cargados de odio y la ratificación del resentimiento social, cerrándose las puertas a cualquier vía de entendimiento en aras de una solución pacífica de los temas controvertidos y en donde la actividad estatal tiene el noventa por ciento de la responsabilidad en juego, por tratarse de un ente eminentemente provocador de conflictos con actos de gobierno carentes de seriedad, legalidad, y otras veces carentes de eficacia o portadores del mensaje de la ineficiencia administrativa. Por otra parte, debemos considerar que cada vez es mas difícil, por no decir: costoso, el pago de la deuda social que han incrementado unos cuantos gobiernos latinoamericanos irresponsables y cuyos discursos populistas hacen ver una imagen del problema bajo una óptica distinta, logrando mantener viva la esperanza en sectores desasistidos, donde las necesidades son tan grandes que cualquier migaja podría convertirse en la propia gloria. Cerramos el presente artículo con una precisión conceptual:  Que es el despotismo?

  • Autoridad absoluta no limitada por las leyes ni por ningún control constitucional.
  • Abuso de poder o fuerza en el trato con las demás personas:
    es conocido por su despotismo con los empleados.
  • despotismo ilustrado Política de algunas monarquías absolutas del siglo xviii, moderada por las ideas de la Ilustración de fomentar la cultura y prosperidad del pueblo.