Saturday, January 12, 2013

Soberanía Popular Guillermo García Machado



Soberanía Popular
Guillermo García Machado
De donde proviene la “voluntad popular expresada en las elecciones”? Entendemos que esa voluntad es sinónimo de soberanía. Soberanía deriva de la palabra soberano, y el Diccionario de la Real Academia Española define aquella como la “Cualidad de soberano”, y en una segunda acepción como “Autoridad suprema del poder público”. En cuanto a soberano, lo define como el “Que ejerce o posee la autoridad suprema e independiente”. Agrega el diccionario que esta palabra se aplica a personas, y que aun cuando es un adjetivo (poder soberano, decisión soberana), se usa también como sustantivo: el soberano. Inicialmente, a fines de la Edad Media, el concepto de soberano se identificaba con el monarca, que dentro de la monarquía absoluta era quien ejercía la soberanía, es decir, era el que tenía el poder supremo, que incluso llegó a definirse como una potestad divina, por ser proveniente de Dios. Con el tiempo las ideas de soberano y soberanía fueron evolucionando, hasta llegar a lo que hoy se entiende por tales. Es habitual en las constituciones democráticas que se diga que la soberanía, o sea, aquella “autoridad suprema e independiente”, reside en el pueblo. En teoría, esa “autoridad suprema” se ejerce mediante el voto, en lo que toca a la soberanía que el pueblo delega en los funcionarios electivos, y, en cuanto a la soberanía directa, mediante los diversos tipos de referendos que la misma Constitución prevé para derogar leyes, revocar el mandato dado mediante elecciones a dichos funcionarios electivos y otros fines. El voto popular traslada-por tiempo determinado-el ejercicio del poder representativo a las personas que han resultado electas. Cumpliendo de esta forma aquel precepto constitucional: “El pueblo no delibera ni gobierna, sino, a través de sus representantes”. Tendríamos también que preguntarnos que sucede cuando esa representación cumple parcialmente su cometido, o las más de las veces, lo desvirtúa totalmente. También, en oportunidades, directamente traiciona el mandato conferido. La respuesta, hasta ahora, la encontraremos en el instituto del “juicio político”. En la práctica, sabemos que las obsecuentes mayorías legislativas dan por tierra cualquier intención en ese aspecto. La representación popular es ilusoria, casi utópica. Únicamente queda abierta el día de la elección, a las 08 horas y luego a las 18 horas, de ese mismo día, es nuevamente conculcada. La Teoría de la Representación, a pesar de una serie de antecedentes ingleses y norteamericanos tiene su nacimiento en la obra del abate Sieyes en Francia “¿Qué es el tercer estado?”, “donde dice que el objeto de una asamblea representativa es expresar la voluntad de una nación; que ésta es la reunión de los individuos; que la finalidad de la nación es distinta de la de los individuos; y así confían el ejercicio de esta porción de voluntad nacional, y por consiguiente de poder, a algunos de entre ellos…El pueblo no puede hablar ni puede obrar sino por medio de sus representantes y estos no lo son de quienes lo han elegido, sino de la Francia entera”.-El vocablo soberanía también ha jugado un importante papel en la Teoría Política y en la Doctrina del Derecho Internacional. Es por eso que el contenido de esta palabra ha sido oscurecido y deformado, por lo que puede entenderse de varios modos o admitir distintas interpretaciones y ser, por consiguiente, motivo de dudas, incertidumbre y confusión. El principal problema estriba en que habiendo tantas definiciones del término como hay autores, no hay acuerdo sobre cuál es el objeto buscado por este concepto en el derecho internacional. Hasta aquí, posiciones donde lo fáctico e histórico lo hemos mezclado con lo académico. La cotidianidad de los hechos nos indica que la representación y el mandato popular son cada vez más ignorados por los representantes elegidos a través de los mecanismos electorales previstos por nuestra Democracia.

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