Sunday, June 13, 2021

 

Pautas para un gobierno de transición

Guillermo García Machado

En esta oportunidad, tocamos un tema interesante sin mucha bibliografía, referida a los gobiernos de transición, sus características y prerrogativas; pero antes de ingresar al fondo del asunto, es necesario comprender que es transición.

La palabra transición, proviene del latín transitio y significa «acción y efecto de estar entre lo antiguo y lo nuevo», en política un cambio – o no – en el régimen de gobierno. Un gobierno de transición o transitorio, podrá estar presente en los siguientes casos:

1- Gobiernos transitorios con cambio de régimen, es decir, aquellos que están presentes entre un régimen dictatorial a uno democrático o viceversa, así mismo en aquellos Estados que se libraron de la colonización hegemónica de las potencias. Podemos ver muchos ejemplos entre los cambios de régimen dictatoriales e Latinoamérica en la historia. 

2- Gobiernos transitorios en conflictos armados en curso, cuya finalidad específica es lograr la paz entre los grupos contingentes en un conflicto como ser una guerra civil al interior de un Estado. En Latinoamérica lo vemos plasmado en la propuesta de las FARC ya desde 1993 para lograr la paz en Colombia. (Las Dos Orillas de Alfonso Cano).

3- Gobiernos transitorios sin cambio de régimen, cuya característica será “corregir” los errores de un gobierno sin interferir con el régimen presente en un determinado Estado a partir de movilizaciones sociales o agotamiento institucional que pueden ser también un factor polémico en el análisis ya que estos movimientos podrían ser legítimos o preparados y financiados incluso con la finalidad de hacer caer al gobierno constituido; generalmente, luego de la consolidación de esos movimientos, se realiza la transición mediante a sucesión constitucional, para luego convocar conforme a Ley a elecciones generales; ponemos como ejemplo los gobiernos transitorios que se dieron en Perú en pleno s. XXI con Martín Vizcarra, Manuel Merino y Francisco Sagasti en 2020.

4- Transiciones en contextos estatales irregulares, que implica transiciones que conducen a la fragmentación de Estados debido a la secesión de entidades políticas aglutinadoras, tales como la ex URSS o como la ex Yugoslavia con características violentas; o también a la desaparición de Estados como la República Democrática Alemana. 

Un gobierno de transición tendrá por función fundamental “dirigir el cambio de régimen” – si se diera el caso – y por supuesto, lograr la reconciliación y la muy añorada paz entre sus habitantes y actores políticos, para esto tendrá que recurrir a la “justicia transicional” que será tema de otro artículo.

Ya habiendo comprendido el concepto de gobierno de transición, pasemos ahora a ver sus prerrogativas o las facultades que tiene:

a) Lograr la paz en el Estado, en base a la justicia transicional.

b) Sentar políticas claras de respeto a los Derechos Humanos.

c)Generar un clima de tolerancia promoviendo el orden consensuado.

d)Velar por la estabilidad económica del Estado y la política internacional.

e)Asegurar la tranquilidad social del elemento población.

f)Promover una comunicación asertiva mediante los medios de comunicación tradicionales o no, siendo coherente el discurso con la acción.

g) Crear las condiciones para llevar a cabo elecciones nacionales para elegir un gobierno legal y legítimamente constituido, en base a sus postulados constitucionales.

Como pudimos observar, un gobierno de transición es un gobierno de “paso”, que posee legalidad, pero no legitimidad – en algunos casos – y es menester del mismo, reencausar los destinos del Estado dentro de las reglas de la democracia, hacer lo contrario, sería un retroceso y un mal antecedente ante la comunidad internacional.

 

No comments:

Post a Comment