Pautas para un gobierno de transición
Guillermo García Machado
En esta oportunidad, tocamos un tema interesante
sin mucha bibliografía, referida a los gobiernos de transición, sus
características y prerrogativas; pero antes de ingresar al fondo del asunto, es
necesario comprender que es transición.
La palabra transición, proviene del latín transitio y significa «acción y efecto de
estar entre lo antiguo y lo nuevo», en política un cambio – o no – en el
régimen de gobierno. Un gobierno de transición o transitorio, podrá estar
presente en los siguientes casos:
1- Gobiernos transitorios con cambio de régimen, es decir,
aquellos que están presentes entre un régimen dictatorial a uno democrático o
viceversa, así mismo en aquellos Estados que se libraron de la colonización
hegemónica de las potencias. Podemos ver muchos ejemplos entre los cambios de
régimen dictatoriales e Latinoamérica en la historia.
2- Gobiernos transitorios en conflictos armados en curso, cuya finalidad específica es lograr la paz entre los grupos contingentes en un conflicto como ser una guerra civil al interior de un Estado. En Latinoamérica lo vemos plasmado en la propuesta de las FARC ya desde 1993 para lograr la paz en Colombia. (Las Dos Orillas de Alfonso Cano).
3- Gobiernos transitorios sin cambio de régimen, cuya
característica será “corregir” los errores de un gobierno sin interferir con el
régimen presente en un determinado Estado a partir de movilizaciones sociales o
agotamiento institucional que pueden ser también un factor polémico en el
análisis ya que estos movimientos podrían ser legítimos o preparados y financiados
incluso con la finalidad de hacer caer al gobierno constituido; generalmente,
luego de la consolidación de esos movimientos, se realiza la transición
mediante a sucesión constitucional, para luego convocar conforme a Ley a
elecciones generales; ponemos como ejemplo los gobiernos transitorios que se
dieron en Perú en pleno s. XXI con Martín Vizcarra, Manuel Merino y Francisco
Sagasti en 2020.
4- Transiciones en contextos estatales irregulares, que implica
transiciones que conducen a la fragmentación de Estados debido a la secesión de
entidades políticas aglutinadoras, tales como la ex URSS o como la ex
Yugoslavia con características violentas; o también a la desaparición de
Estados como la República Democrática Alemana.
Un gobierno de transición tendrá por función
fundamental “dirigir el cambio de régimen” – si se diera el caso – y por
supuesto, lograr la reconciliación y la muy añorada paz entre
sus habitantes y actores políticos, para esto tendrá que recurrir a la “justicia transicional” que será tema de
otro artículo.
Ya habiendo comprendido el concepto de gobierno
de transición, pasemos ahora a ver sus prerrogativas o las facultades que
tiene:
a) Lograr la
paz en el Estado, en base a la justicia transicional.
b) Sentar
políticas claras de respeto a los Derechos Humanos.
c)Generar un
clima de tolerancia promoviendo el orden consensuado.
d)Velar por la
estabilidad económica del Estado y la política internacional.
e)Asegurar la
tranquilidad social del elemento población.
f)Promover una
comunicación asertiva mediante los medios de comunicación tradicionales o no,
siendo coherente el discurso con la acción.
g) Crear las
condiciones para llevar a cabo elecciones nacionales para elegir un gobierno
legal y legítimamente constituido, en base a sus postulados constitucionales.
Como pudimos observar, un gobierno de transición
es un gobierno de “paso”, que posee legalidad, pero no legitimidad – en algunos
casos – y es menester del mismo, reencausar los destinos del Estado dentro de
las reglas de la democracia, hacer lo contrario, sería un retroceso y un mal
antecedente ante la comunidad internacional.
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