ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Guillermo
García Machado
Administración es un
término procedente de administratĭo,
un vocablo latino. La primera acepción del concepto que menciona el diccionario
de la Real Academia Española (RAE) alude al acto y el resultado de administrar (dirigir,
gobernar, organizar u ordenar algo). Lo público, por otra
parte, es aquello que pertenece al Estado y,
por lo tanto, a la comunidad en general. Público es lo opuesto a privado (cuya propiedad está en poder
de un individuo o de un grupo de personas).
La idea
de administración pública, en
este marco, se vincula a la gestión de servicios
brindados por el Estado y al
grupo de las entidades estatales que se dedican a desarrollar estas funciones.
Es importante
tener en cuenta que la definición de administración pública no es precisa. En
general, se relaciona a las diferentes organizaciones de
carácter público que administran los servicios del Estado. Entre estas
organizaciones también hay corporaciones que disponen de personería jurídica.
Gestionada por
el Poder Ejecutivo, la
administración pública permite al Estado establecer un vínculo directo con los
vecinos. Las personas acuden a
la administración pública para obtener respuestas a diferentes problemas o
inquietudes.
En ocasiones
se utiliza la noción de administración pública para referirse al conjunto de los trabajadores del Estado.
Cuando se dice que la administración pública realiza un paro, se está
informando que las dependencias estatales no atenderán al público ya que sus
empleados no cumplirán con sus tareas habituales. En un sentido similar, un
aumento de salario para la
administración pública implica un incremento de sueldo para quienes trabajan
para el Estado.
Si se la toma
como una estructura orgánica,
es posible afirmar que la administración pública es creada por el propio Estado
y que su regulación se encuentra a cargo del derecho
positivo. El concepto de derecho positivo, por su parte, hace
referencia al grupo de normas jurídicas que escribe una soberanía, es decir, el
conjunto de creaciones jurídicas a cargo del órgano del Estado que ejerce la
función legislativa.
Como actividad, la
administración pública también puede entenderse como una función pública que
establece el ordenamiento jurídico de la
Nación. Entendemos por ordenamiento jurídico el grupo de normas jurídicas que,
en una época y un lugar en particular, tienen validez y vigencia.
Es importante
señalar que tanto la función como la
organización también están asociados a ciertos caracteres
tecnipolíticos que corresponden a varios campos de estudio
ajenos al terreno jurídico, como ser los de la ciencia política y la teoría de
la organización administrativa. Por ende, el concepto de administración pública
depende de los enfoques principales de estudio (el político, el técnico o el
jurídico) o de la disciplina, dado que no
existe una ciencia general que pueda combinar de forma armoniosa el conjunto de
enfoques y elementos que giran alrededor de la administración pública.
En el siglo
XIX, el pensador político y autor progresista Charles-Jean Baptiste Bonnin,
oriundo de Francia, formuló una definición amplia y concisa, que incluso al día
de hoy sirve como referencia para
analizar este objeto del conocimiento:
“La administración pública gestiona los asuntos relacionados con las
personas, las acciones y los bienes del ciudadano como participante del Estado, así como de su propia persona, sus
acciones y sus bienes desde el punto de vista de su repercusión en el orden público.”
Dada la
complejidad y la poca rigidez de este concepto, su alcance puede parecer
abrumador a simple vista. Y es que además de las características antes
mencionadas, la administración pública también gestiona y dirige
los negocios ordinarios del Estado. Por otro lado, hay quienes señalan que la
regula el derecho administrativo y que forma parte del poder ejecutivo.
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